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15/9/09
AFIP reglamentó los nuevos controladores fiscales para los comercios
El Administrador Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Dr. Ricardo
Echegaray reglamentó los requisitos y procedimientos para la
incorporación de nuevos controladores fiscales que permitirán la
transmisión de datos de interés fiscal de forma remota, automática,
inmediata y periódica con las bases centrales de la AFIP.
A través de la Resolución General 2.676 la AFIP prevé que los nuevos equipos estarán provistos de una memoria no volátil, inalterable e inaccesible por el responsable, que almacenará el detalle y los totales de las operaciones realizadas.
Los nuevos controladores fiscales permitirán el ahorro de papel y de almacenamiento de las cinta testigo, que en la actualidad los comercios deben conservar por cinco años. Además se sistematizan los trámites relacionados con la gestión de controladores fiscales y también se agiliza el proceso de revisión mediante inspecciones virtuales.
El recambio de los controladores fiscales forman parte de una serie soluciones tecnológicas tomadas por la AFIP que buscan agilizar y simplificar las operaciones comerciales, como así también optimizar los tiempos de fiscalización, destacó Echegaray.
Aprovechando la última tecnología disponible, la AFIP ha lanzado una batería de medidas entre las cuales se encuentran la emisión de la factura electrónica para las operaciones de exportación y para los seguros de caución; la incorporación de la firma digital para los contratos de compraventa de granos. Además se prevé la creación del programa de trazabilidad fiscal de ganado bovino.
A partir del 14 de septiembre, los contribuyentes y responsables deberán solicitar la habilitación de controladores fiscales. Las altas de los nuevos equipos y las modificaciones de datos podrán realizarse a través del sitio web de la AFIP (www.afip.gob.ar), ingresando con Clave Fiscal al servicio de Gestión de Controladores Fiscales.
Aquellos contribuyentes y responsables obligados a la utilización de controladores fiscales y quienes hubieran optado por el uso de los mismos deberán reempadronar los equipos a partir del 14 de septiembre y tendrán tiempo hasta el 16 de octubre, inclusive. La norma emitida por la AFIP prevé además que todos aquéllos equipamientos -tanto controladores e impresoras fiscales- que no hayan sido reempadronados, quedarán inhabilitados a partir del día 17 de octubre del 2009.
A través de la Resolución General 2.676 la AFIP prevé que los nuevos equipos estarán provistos de una memoria no volátil, inalterable e inaccesible por el responsable, que almacenará el detalle y los totales de las operaciones realizadas.
Los nuevos controladores fiscales permitirán el ahorro de papel y de almacenamiento de las cinta testigo, que en la actualidad los comercios deben conservar por cinco años. Además se sistematizan los trámites relacionados con la gestión de controladores fiscales y también se agiliza el proceso de revisión mediante inspecciones virtuales.
El recambio de los controladores fiscales forman parte de una serie soluciones tecnológicas tomadas por la AFIP que buscan agilizar y simplificar las operaciones comerciales, como así también optimizar los tiempos de fiscalización, destacó Echegaray.
Aprovechando la última tecnología disponible, la AFIP ha lanzado una batería de medidas entre las cuales se encuentran la emisión de la factura electrónica para las operaciones de exportación y para los seguros de caución; la incorporación de la firma digital para los contratos de compraventa de granos. Además se prevé la creación del programa de trazabilidad fiscal de ganado bovino.
A partir del 14 de septiembre, los contribuyentes y responsables deberán solicitar la habilitación de controladores fiscales. Las altas de los nuevos equipos y las modificaciones de datos podrán realizarse a través del sitio web de la AFIP (www.afip.gob.ar), ingresando con Clave Fiscal al servicio de Gestión de Controladores Fiscales.
Aquellos contribuyentes y responsables obligados a la utilización de controladores fiscales y quienes hubieran optado por el uso de los mismos deberán reempadronar los equipos a partir del 14 de septiembre y tendrán tiempo hasta el 16 de octubre, inclusive. La norma emitida por la AFIP prevé además que todos aquéllos equipamientos -tanto controladores e impresoras fiscales- que no hayan sido reempadronados, quedarán inhabilitados a partir del día 17 de octubre del 2009.
Cristina reglamenta la Ley de Promoción de Inversiones y promete mayor eficiencia La norma será oficializada esta semana.
Gozarán de beneficios fiscales inversiones realizadas entre
octubre de 2007 y 2010. Hacen el primer llamado a licitaciónA un año y
medio de sancionada la Ley que instauró el nuevo régimen de Promoción
de Inversiones, la presidenta Cristina Fernández finalmente firmará
mañana la reglamentación que viene anunciando desde los últimos meses.
Y dará así vía libre para que el Ministerio de Producción realice el
primer llamado a licitación y las empresas puedan presentar proyectos
de inversión para acceder a beneficios fiscales.
Mediante la publicación de la norma, empresas de los rubros automotriz, alimentos y bebidas, textil, metalúrgico y biocombustibles, entre otros, gozarán de amortización acelerada y devolución anticipada del IVA, afirmaron fuentes oficiales. El objetivo del Gobierno es que, a diferencia del régimen pasado –impulsado por el ex ministro de Economía Roberto Lavagna–, las grandes beneficiarias sean las pymes, para las que habrá un cupo anual de $ 200 millones.
En ese sentido, desde la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional (Sepyme) se asesorará a los empresarios en el armado de las carpetas de los proyectos que buscan promocionar, ya que en el anterior esquema la dificultad en la presentación de la documentación fue justamente la limitante que encontraron las pymes para acceder al régimen.
La reglamentación del Nuevo Régimen de Promoción de Inversiones en Bienes de Capital y Obras de Infraestructura (Ley 26.360) será firmada mañana por la Presidenta, en presencia de los ministros de Planificación, Julio de Vido, de Producción, Débora Giorgi, y de Economía, Amado Boudou. Luego de la reunión privada, habría un anuncio público.
El cupo para las grandes empresas será de $ 1.200 millones y para las pymes, de $ 200 millones. Pero los llamados se realizarán por tramos. El primero será entre el jueves y la semana próxima y podrán ingresar al régimen las inversiones realizadas entre octubre de 2007 y octubre de 2010, dijeron las fuentes. Es decir que muchas de las iniciativas estarán terminadas o en marcha, en tanto que otras serán nuevas. “Haremos convocatorias por separado para que las pymes no tengan que competir por el mismo cupo que las empresas grandes”, destacó Giorgi.
Como en el régimen anterior, las empresas que ingresen a la promoción podrán elegir entre la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias o la devolución anticipada del IVA. En casos puntuales, como la producción exclusiva para exportación o reconversión industrial sustentable, los proyectos obtendrán los dos beneficios.
Además de la Sepyme, también tendrán un rol decisivo en la promoción de la ley, las agencias de desarrollo de la subsecretaría y las cámaras empresarias, que “podrán detectar proyectos de inversión productiva y elevarlos al Ministerio para que accedan a los beneficios en tiempo y forma”, dijeron las fuentes consultadas. “El régimen fue rediseñado de modo tal de darle mayor agilidad y eficiencia, por lo que el trámite de otorgamiento de los beneficios no superará los 6 meses”. De cumplirse esa cláusula, sería un importante avance respecto del régimen anterior, ya que, en ese caso, los trámites tardaron hasta tres años. A modo de ejemplo, la aprobación de los beneficios para muchos proyectos presentados en 2006 y 2007 salió publicada en el Boletín Oficial recién a mediados de este año.
La reglamentación de la ley también establece la conformación en el ámbito de la Subsecretaría de Industria del Ministerio de Producción, de una Unidad de Evaluación (UDE) para analizar la factibilidad de los proyectos y la capacidad económico-financiera de las empresas que se presenten. Serán ponderados según la generación de empleo, el sesgo exportador, el nivel de integración local de la producción, y el componente ambiental.
Fuente:
elcronista.com(Natalia Donato)
Mediante la publicación de la norma, empresas de los rubros automotriz, alimentos y bebidas, textil, metalúrgico y biocombustibles, entre otros, gozarán de amortización acelerada y devolución anticipada del IVA, afirmaron fuentes oficiales. El objetivo del Gobierno es que, a diferencia del régimen pasado –impulsado por el ex ministro de Economía Roberto Lavagna–, las grandes beneficiarias sean las pymes, para las que habrá un cupo anual de $ 200 millones.
En ese sentido, desde la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional (Sepyme) se asesorará a los empresarios en el armado de las carpetas de los proyectos que buscan promocionar, ya que en el anterior esquema la dificultad en la presentación de la documentación fue justamente la limitante que encontraron las pymes para acceder al régimen.
La reglamentación del Nuevo Régimen de Promoción de Inversiones en Bienes de Capital y Obras de Infraestructura (Ley 26.360) será firmada mañana por la Presidenta, en presencia de los ministros de Planificación, Julio de Vido, de Producción, Débora Giorgi, y de Economía, Amado Boudou. Luego de la reunión privada, habría un anuncio público.
El cupo para las grandes empresas será de $ 1.200 millones y para las pymes, de $ 200 millones. Pero los llamados se realizarán por tramos. El primero será entre el jueves y la semana próxima y podrán ingresar al régimen las inversiones realizadas entre octubre de 2007 y octubre de 2010, dijeron las fuentes. Es decir que muchas de las iniciativas estarán terminadas o en marcha, en tanto que otras serán nuevas. “Haremos convocatorias por separado para que las pymes no tengan que competir por el mismo cupo que las empresas grandes”, destacó Giorgi.
Como en el régimen anterior, las empresas que ingresen a la promoción podrán elegir entre la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias o la devolución anticipada del IVA. En casos puntuales, como la producción exclusiva para exportación o reconversión industrial sustentable, los proyectos obtendrán los dos beneficios.
Además de la Sepyme, también tendrán un rol decisivo en la promoción de la ley, las agencias de desarrollo de la subsecretaría y las cámaras empresarias, que “podrán detectar proyectos de inversión productiva y elevarlos al Ministerio para que accedan a los beneficios en tiempo y forma”, dijeron las fuentes consultadas. “El régimen fue rediseñado de modo tal de darle mayor agilidad y eficiencia, por lo que el trámite de otorgamiento de los beneficios no superará los 6 meses”. De cumplirse esa cláusula, sería un importante avance respecto del régimen anterior, ya que, en ese caso, los trámites tardaron hasta tres años. A modo de ejemplo, la aprobación de los beneficios para muchos proyectos presentados en 2006 y 2007 salió publicada en el Boletín Oficial recién a mediados de este año.
La reglamentación de la ley también establece la conformación en el ámbito de la Subsecretaría de Industria del Ministerio de Producción, de una Unidad de Evaluación (UDE) para analizar la factibilidad de los proyectos y la capacidad económico-financiera de las empresas que se presenten. Serán ponderados según la generación de empleo, el sesgo exportador, el nivel de integración local de la producción, y el componente ambiental.
Fuente:
elcronista.com(Natalia Donato)
8/9/09
Macri suma un nuevo régimen de percepción en Ingresos Brutos( Res. 569 B.O) Compartir
Determinados responsables deberán calcular el 3% del monto neto de
las ventas celebradas al contado y en efectivo por un valor mayor a
1.000 pesos
Macri suma un nuevo régimen de percepción en Ingresos Brutos
La Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) pone en marcha a partir de octubre un nuevo régimen de percepción en el Impuesto a los Ingresos Brutos.
La medida se dio a conocer a través de la resolución 569 publicada en el Boletín Oficial.
En líneas generales, la nueva normativa establece que a partir del 1 de octubre próximo, determinados sujetos establecidos por el fisco porteño, deberán "percibir el 3% del monto neto de las ventas celebradas al contado y en dinero en efectivo por un valor mayor a $1.000 o su equivalente en moneda extranjera".
Clave fiscal
Por otra parte, continúa vigente el plazo para obtener la clave fiscal porteña. De acuerdo al marco legal, adelantado por iProfesional.com, los representantes de las personas jurídicas deben realizar un trámite presencial ante el organismo de recaudación.
Más precisamente, los responsables de las compañías que figuren comocontribuyentes locales en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos deberán concurrir para solicitar la clave de acuerdo al dígito verificador del número de CUIT:
* 0-1: del 24 al 28 de agosto.
* 2-3: del 31 de agosto al 4 de septiembre.
* 4-5: del 7 al 11 de septiembre.
* 6-7: del 14 al 18 de septiembre.
* 8-9: del 21 al 25 de septiembre.
En base al marco normativo, la nueva clave fiscal porteña "será obligatoria para la identificación de los contribuyentes en Ingresos Brutos registrados ante la base de datos de la Dirección General de Rentas”
Macri suma un nuevo régimen de percepción en Ingresos Brutos
La Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) pone en marcha a partir de octubre un nuevo régimen de percepción en el Impuesto a los Ingresos Brutos.
La medida se dio a conocer a través de la resolución 569 publicada en el Boletín Oficial.
En líneas generales, la nueva normativa establece que a partir del 1 de octubre próximo, determinados sujetos establecidos por el fisco porteño, deberán "percibir el 3% del monto neto de las ventas celebradas al contado y en dinero en efectivo por un valor mayor a $1.000 o su equivalente en moneda extranjera".
Clave fiscal
Por otra parte, continúa vigente el plazo para obtener la clave fiscal porteña. De acuerdo al marco legal, adelantado por iProfesional.com, los representantes de las personas jurídicas deben realizar un trámite presencial ante el organismo de recaudación.
Más precisamente, los responsables de las compañías que figuren comocontribuyentes locales en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos deberán concurrir para solicitar la clave de acuerdo al dígito verificador del número de CUIT:
* 0-1: del 24 al 28 de agosto.
* 2-3: del 31 de agosto al 4 de septiembre.
* 4-5: del 7 al 11 de septiembre.
* 6-7: del 14 al 18 de septiembre.
* 8-9: del 21 al 25 de septiembre.
En base al marco normativo, la nueva clave fiscal porteña "será obligatoria para la identificación de los contribuyentes en Ingresos Brutos registrados ante la base de datos de la Dirección General de Rentas”
3/9/09
NUEVO SISTEMA ARBA.Net
El vencimiento del anticipo 08/2009 del nuevo Arbanet operará a partir del día 21 del corriente mes.
La semana próxima Ud. podrá acceder en nuestra web (solapa empresas) para obtener:
-
El instructivo con las características y forma de funcionamiento del nuevo sistema.
- Su formulario de pago
2/9/09
El Patacon remixado??? ...Tengo miedo !!!
El "patacón remixado" y las cuasimonedas, fantasmas que sobrevuelan la Argentina .
El aumento vertiginoso en el gasto salarial
Administraciones más complicadas
En
un contexto de marcada contracción del nivel de actividad, en especial
en el interior del país, y considerando que las cuentas nacionales
también se resintieron, el panorama fiscal ganó en complejidad.
“Las dos jurisdicciones más comprometidas son la provincia de Buenos
Aires y Capital Federal, pero también tienen dificultades las finanzas
de Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes y Neuquén”, explicó el
informe del IADER.
Las monedas alternativas vuelven a instalarse en la agenda económica. Sobre un total de 24 provincias, 15 tienen las cuentas en rojo. Según analistas, los problemas para pagar sueldos obligarán a varias a recurrir a esta alternativa.
Una vez más las provincias vuelven a ocupar el centro de la escena por sus recurrentes problemas fiscales.
Son al menos 15 de las 24 que tienen las cuentas en rojo. El
mes pasado, muchas registraron atrasos en el pago de sueldos y la
cuestión se transformó en el eje central del diálogo entre los
gobernadores y la presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
Ahora,
ante la presión de los mandatarios provinciales, que incluso llegaron a
enviar cartas al Gobierno central, como el caso del gobernador
cordobés, se estaría analizando la posibilidad de modificar la Ley de
Responsabilidad Fiscal y la reprogramación de los vencimientos de deuda
que mantienen con la Nación. Según explicó el economista Carlos Melconian a
existen varias provincias, entre las que se incluyen Buenos Aires y
Córdoba, que temen no poder pagar los sueldos a futuro. Así se refirió
a esta delicada situación, que puede transformarse en un punto de no
retorno:
Melconian enfatizó que "las cuentas provinciales cerrarán con un mix
que hasta puede incluir una partida de emisión" y aseguró que hasta el
propio gobernador de la provincia de Buenos Aires, Daniel Scioli,
reconoció públicamente que "esto no es convertibilidad. Acá se puede
emitir".
Tal como puede apreciarse en el gráfico, el problema
de caja se agravó de manera progresiva con el pasar de los años y
muchos analistas temen que la situación empeore con el transcurrir del
tiempo.
Cuasimonedas, otra vez a escena
Según el Instituto Argentino para el Desarrollo de las Economías Regionales (IADER), las provincias cerrarían este año con un déficit financiero del orden de los $11.500 millones.
Esta cifra es, números más, números menos, parecida a la que arrojan otras consultoras.
Para
Economía y Regiones (E&R), el monto sumaría unos $9.800 millones,
mientras que Orlando Ferreres lo eleva a $12.000 millones y para Nadín
Argarañaz, del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), la cifra
sería incluso mayor, pues la estima en $13.000 millones.
Según;Jorge Todesca, director de Finsoport y ex viceministro de Economía, “si se
tiene en cuenta el nivel de endeudamiento de las provincias, es posible que regresen las cuasimonedas.
Pero, para eso, habría que modificar la Ley de Responsabilidad Fiscal,
ya que las provincias se comprometieron a no emitir nuevas monedas”.
Hoy el escenario fiscal de las provincias es complicado. Lo que diferencia
el panorama actual respecto al del de 2001 es que en aquel momento la
situación de la Nación era mucho más difícil, porque no tenía
recursos”, explicó Carolina Schuff, de abeceb.com.
De acuerdo con la especialista, “la deuda de las provincias fue creciendo desde 2002 en adelante, siendo la Nación la principal deudora, con un 70% del monto total”.
El presidente del IADER, Diego Lo Tártaro, en diálogo con iProfesional.com, aseguró
que “muchas provincias van a terminar emitiendo deuda porque
tendrán problemas para pagar sueldos, y eso genera muchos conflictos
sociales. Desgraciadamente es algo que ya vivimos”. El especialista así
se refirió:
Por segundo año consecutivo, las administraciones del interior
presentarán déficit primario -ingresos menores a los gastos-. En tanto,
por cuarto año, registrarán un desequilibrio financiero (resultado
fiscal luego del pago de intereses).
Para los analistas, los
números se tornan más preocupantes, si se tiene en cuenta el estado de
las cuentas nacionales: “La situación en la que se encuentra la Nación
hoy es más complicada de la que teníamos a principio de año”,
puntualizó Lo Tártaro.
Desde el Instituto explicaron que el deterioro en el ahorro provincial se debe a la conjunción de los siguientes factores:
La fuerte desaceleración de la tasa de crecimiento de la recaudación y de los envíos por coparticipación

En el caso de la provincia de Buenos Aires, se prevé que este año alcanzará un déficit financiero que oscilará entre los $6.700 y $7.500 millones y,
si bien hay financiamiento aprobado por unos $10.000 millones, parte de
estos fondos están comprometidos en diversos programas, con lo cual
esta jurisdicción se vería obligada o a emitir deuda o a conseguir
financiamiento alternativo.
El jefe de Gabinete bonaerense, Alberto Pérez, reconoció que la
provincia está haciendo "todo el esfuerzo" para poder terminar un año
difícil, "pagando los sueldos en término", frente a la situación
financiera por la que atraviesan las cuentas públicas. De hecho, Scioli
confía en un auxilio extra del Gobierno nacional para hacer frente al
pago de los salarios de agosto. Tiene la necesidad de cubrir un rojo de
$250 millones.
En ese contexto, el ministro de Economía
provincial, Alejandro Arlía, consideró que para zanjar la situación,
aunque sea en forma parcial, "una posibilidad es la suspensión de la
Ley de Responsabilidad Fiscal, que debe salir por un acuerdo entre las
provincias y el Gobierno. Tenemos expectativas con este tema, ya que
está por reunirse el Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal, donde
se tratará este asunto".
¿Qué busca la reforma de la Ley de Responsabilidad Fiscal?
Los
puntos centrales del proyecto se centran en excluir de los ejercicios
2009 y 2010 ciertas restricciones fiscales y financieras contempladas
en la Ley 25.917 (Régimen de Responsabilidad Fiscal) y la Ley 25.152
(Administración de Recursos Públicos), por lo que:
- Permitiría a las provincias endeudarse por sobre el 15% de sus gastos corrientes.
- Podrían reasignar fondos destinados a inversiones para pagar sueldos.
- Lo producido de la venta de activos fijos y el endeudamiento del Gobierno nacional, de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires podrían destinarse a gastos corrientes.
Todo ello con el sólo objeto de evitar que aquellas jurisdicciones
que presentan una situación delicada apelen, como en el pasado, a la
emisión de cuasimonedas.
Esta historia no es nueva, ya que en
el 2003 se realizó un canje que, en aquel momento, trajo alivio a las
cuentas provinciales y permitió hasta el 2005 recorrer un período de
relativa calma fiscal.
Todas esperan que Buenos Aires de el primer paso
En
otro orden, Arlía expresó que "otra opción posible podría ser el bono
para proveedores para ganar algunos meses, y existe la posibilidad
también de colocar un bono en el mercado local antes de fin de año.
Además mantenemos charlas constantes con el Gobierno Nacional para
tratar de resolver en conjunto el problema de la Provincia".
"La provincia de Buenos Aires no está en condiciones de garantizar el pago de los salarios más
allá de septiembre", sostuvo Jorge Sarghini, un legislador opositor y
ex ministro de Economía de la provincia gobernada por Daniel Scioli.
"El Gobierno debe ver a las dificultades financieras de las
provincias como parte de sus propios problemas (...) porque esto está
causando una acumulación de presión que puede explotar cuando alguna
provincia grande, como Buenos Aires, no pueda pagar salarios", agregó.
La Ciudad de Buenos Aires
es otra de las jurisdicciones con mayores dificultades, a pesar de que
“tenía ya previsto un déficit financiero de $600 millones este año. Ese
desequilibrio se extendería hasta $1.300 millones”, destacó el
organismo dirigido por Lo Tártaro.
En cuanto a Córdoba,
el presupuesto 2009 estima un superávit primario cercano a los $250
millones y un resultado financiero levemente positivo”. Pero por las
demoras de los envíos de la Nación previstos en el Programa de
Asistencia Financiera (PAF), Lo Tártaro considera que la provincia
terminaría este año con un rojo financiero cercano a los $150 millones.
El
gobernador Juan Schiaretti y su ministro de Finanzas, Ángel Elettore,
negaron la posibilidad de emitir una moneda alternativa, aunque fuentes
cercanas admiten que se estaría trabajando en un proyecto de ley que les permita emitir una cuasimoneda o un bono y hacer frente al pago a proveedores del Estado y a la cancelación de sueldos.
En
Córdoba hay más de 110.000 empleados públicos de los tres poderes, a
los que hay que agregarles los trabajadores del Banco de Córdoba, la
Caja de Jubilaciones y la empresa de energía EPEC.
Una alta
fuente de esa provincia expresó que “como la emisión de bonos es mala
palabra, ninguna provincia con dificultades quiere ser la primera en
tomar la iniciativa".
Sin embargo, cerca del gobernador admitieron que siguen con atención
lo que están haciendo otras provincias grandes. Y reconocieron sin
eufemismos que "si Buenos Aires emite un bono para pagar sueldos, detrás vamos nosotros, de eso no hay duda".
La carta del gobernador
La
cuestión es de tal gravedad para algunas administraciones, que incluso
se pone en duda la posibilidad de poder cumplir con las obligaciones
con los empleados estatales de aquí a fin de año. En tal sentido, la
carta enviada por el gobernador cordobés a la Presidenta es una muestra
clara de la difícil situación.
"Le quiero informar que de no
cumplirse con el envío de los fondos adeudados, el monto alcanzaría al
31 de agosto la cifra de $372 millones, equivalentes a un mes de masa
salarial líquida de todos los estatales activos de mi provincia",
recriminó Schiaretti en el texto enviado a Cristina Kirchner.
"El incumplimiento traería aparejado no sólo el pago de salarios fuera de término, sino que también obligaría a la provincia a declarar la emergencia económica", agregó.
Esa
declaración (de emergencia económica) le otorgaría la capacidad de
tomar medidas excepcionales, como por ejemplo reorganizar el pago a
proveedores. Pero fundamentalmente habilitaría la emisión de
cuasimonedas.
El problema de cuasimonedas y "patacones remixados"
“Hoy, con una demanda de dinero en caída, una emisión de este tipo de instrumento no sería bien recibida por el público,
ya que no está demandando los pesos emitidos por el Central, por lo que
menos demandaría las cuasimonedas emitidas por las provincias”, explicó
Guillermo Giussi, de Economía & Regiones a iProfesional.com.
Por consiguiente, muy probablemente, su paridad y el poder adquisitivo se erosionarían paulatinamente frente al peso, resultando en más inflación para su tenedor.
En
otras palabras, éste enfrentaría una suba de precios mayor, que
resultaría de la suma de la inflación real y la diferencia entre el
valor nominal y de mercado del bono.
“Es por todo ello que las jurisdicciones intentarán agotar
previamente todas las demás alternativas de financiamiento”, concluyó
Giussi.
El analista además enfatizó que el principal tenedor de las
cuasimonedas (que pudieran llegar a dar a luz) serían los propios
emisores, que se verían obligados a aceptarlas como medio de pago de
los tributos provinciales y al "mismo valor de emisión", con lo cual,
terminarían absorbiendo su pérdida de valor frente al peso, que
derivaría en nuevas emisiones y en un mayor deterioro de las cuentas
provinciales.
Las jurisdicciones que podrían escapar a la tendencia deficitaria son San
Luis y San Juan. En San Juan, si bien hay estipulado en el presupuesto
2009 un resultado financiero positivo de $82 millones, los menores
ingresos previstos derivarán en un resultado, en el mejor de los casos,
equilibrado.
También San Luis será una de las excepciones a la regla deficitaria y cerrará 2009 con sus cuentas en orden. En diálogo con iProfesional.com, Lucía Teresa Nigra, ministra de Hacienda Pública de esa provincia, aseguró
que "lo que marca la diferencia es una conducta fiscal que hizo que en
estos años nunca se gastara más de lo que ingresa al Estado. Tenemos un
fondo anticrisis que nos permitió sobrellevar la caída del 2001 y
también la última".
"Otro de los aspectos claves fue el
cumplimiento de la Ley Permanente de Presupuesto, que establece que
debe destinarse a inversión un porcentaje importante de lo recaudado.
También creo que se debe destacar que el número de empleados públicos con
los que cuenta la provincia es reducido. Si nosotros sumamos los
docentes, policías, personal de salud y justicia, tenemos un total de
17 mil empleados, es decir, un número acotado", señaló la ministra.
Entre
los recursos más importantes de San Luis, se encuentra la recaudación
de Ingresos Brutos, de automotores e inmuebles. Del total de los
ingresos, un 35% corresponde a recursos propios, un 50% está
coparticipado con la Nación y un 13% pertenece a fondos que la Nación
transfiere a la provincia en conceptos de salud y educación.
Por la aplicación de estos lineamientos, "somos una de las provincias con menor presión fiscal.
Pienso que hay que hacer los deberes, nos gustaría salir a decir que el
año que viene podemos aumentar los salarios, pero no lo podríamos hacer
al igual que en 2009, y para realizar estas previsiones hacemos las
cuentas en base a la inflación de nuestra provincia, no nos guiamos por
el INDEC", respondió Nigra.
© iProfesional.com
1/9/09
Cómo será la reforma del Monotributo
En los próximos días, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, enviará al Congreso de la Nación el proyecto de ley que modificará el régimen del Monotributo.
iProfesional.com tuvo acceso exclusivo al texto definitivo que elevará el tope de facturación anual de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades. Los valores límites llevan más de una década sin actualizarse.
Reconocidos consultores impositivos acercaron a este medio la iniciativa. El proyecto elaborado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a cargo de Ricardo Echegaray, también prevé importantes subas en la cuota mensual a pagar.
Sumado el componente impositivo, la cuota más baja será de $213 y la más alta alcanzará los 2.880 pesos. Actualmente, los monotributistas cancelan un pago mensual que va desde los $115 a 587 pesos. Por lo tanto, el esquema completo de tributación responde al anteproyecto adelantado por este medio en abril pasado.
A efectos de evitar la desactualización de los topes y de los valores a cancelar en cada mes, el texto prevé que la AFIP podrá modificar, una vez al año, los montos máximos de facturación, de alquileres devengados y los importes del impuesto a ingresar, correspondientes a cada categoría, en una proporción que no podrá superar el índice de incremento del salario mínimo vital y móvil o el índice de movilidad de las prestaciones previsionales, el que sea superior.
Asimismo, los pequeños contribuyentes –a partir de 2010- deberán respetar un nuevo parámetro, que les determinará el peso de la carga fiscal mensual a ingresar. De acuerdo al proyecto que será enviado al Congreso, se incorpora como elemento a tener en cuenta el monto de los alquileres devengados a lo largo del año.
Hasta el momento, sólo se tienen en cuenta los ingresos brutos anuales, la superficie afectada a la actividad y la energía eléctrica consumida en un año. Al superar uno de estos parámetros, el monotributista avanza hacia una categoría superior, con el consiguiente incremento del pago mensual.
En relación a la vigencia de la reforma, el texto establece que el renovado régimen será implementado a partir del primer cuatrimestre calendario completo siguiente a la fecha de publicación de la ley en el Boletín Oficial. Por lo tanto, la idea del Ejecutivo apunta a poner en marcha el nuevo Monotributo a partir del 1 de enero próximo.
Hasta $235.000: 1 empleado.
Hasta $270.000: 2 empleados.
Hasta $300.000: 3 empleados.
Ante la reducción de personal, la exclusión no será procedente si el pequeño contribuyente recupera la plantilla dentro del mes calendario posterior al de haberse registrado la baja.
Por otra parte, el nuevo ordenamiento mantiene la condición que establece que no podrán ser monotributistas los contribuyentes que realicen más de tres actividades, o que tengan más de tres unidades de explotación. Asimismo, el proyecto prevé elevar a $2.500 el precio máximo unitario de venta de bienes muebles permitido.
Otra novedad refiere al nuevo régimen de exclusión automática para monotributistas. La herramienta permitirá que la AFIP –cuando constate la infracción- inscriba de oficio a los sujetos en el régimen general impositivo y previsional. Esto significa una importante suba en la carga fiscal, al tener que afrontar el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ganancias.
Una duda que preocupa a los pequeños contribuyentes refiere a qué sucederá con los responsables que abandonaron el régimen simplificado y que, de acuerdo a los nuevos valores, puedan regresar al Monotributo. Julián O. Esposito, consultor tributario, explicó la solución que prevé la iniciativa: "Se permitiría el reingreso de los responsables, en tanto reúnan los nuevos requisitos y condiciones previstas por la reforma, pudiendo ejercerse dicha opción hasta la finalización del primer cuatrimestre calendario completo posterior a la fecha de publicación de la ley".
"Por lo tanto, estimando dicha publicación durante el tercer cuatrimestre del presente año, el período de transición tendría lugar en los primeros cuatro meses de 2010", concluyó Esposito.
Por último la iniciativa contempla la creación de un nuevo régimen de inclusión social y promoción del trabajo independiente.
Para acceder al régimen de inclusión, el responsable deberá cumplir con las siguientes condiciones:
Ser persona física mayor de 18 años.
Desarrollar exclusivamente una actividad independiente y no poseer local o establecimiento estable.
Que la actividad sea la única fuente de ingresos.
No revestir el carácter de empleador.
No ser contribuyente del Impuesto sobre los Bienes Personales.
No superar los $24.000 en concepto de ingresos brutos anuales.
De esta manera, el fisco nacional deja sin efecto al llamado Monotributo eventual.
iProfesional.com tuvo acceso exclusivo al texto definitivo que elevará el tope de facturación anual de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades. Los valores límites llevan más de una década sin actualizarse.
Puntos Importante
El Gobierno apunta a aprobar el nuevo esquema de tributación antes del 10 de diciembre próximo, aprovechando la composición favorable que tendrá en ambas Cámaras. Por lo tanto, los pequeños contribuyentes arrancarán el 2010 bajo un nuevo esquema de tributación.Reconocidos consultores impositivos acercaron a este medio la iniciativa. El proyecto elaborado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a cargo de Ricardo Echegaray, también prevé importantes subas en la cuota mensual a pagar.
Nuevos valores
Respecto al aporte jubilatorio, se tomó la decisión de triplicar el pago mensual, elevando el monto de $35 a $110. En igual sentido, el monto destinado al sistema de salud pasa de $46,75 a 70 pesos.Sumado el componente impositivo, la cuota más baja será de $213 y la más alta alcanzará los 2.880 pesos. Actualmente, los monotributistas cancelan un pago mensual que va desde los $115 a 587 pesos. Por lo tanto, el esquema completo de tributación responde al anteproyecto adelantado por este medio en abril pasado.
A efectos de evitar la desactualización de los topes y de los valores a cancelar en cada mes, el texto prevé que la AFIP podrá modificar, una vez al año, los montos máximos de facturación, de alquileres devengados y los importes del impuesto a ingresar, correspondientes a cada categoría, en una proporción que no podrá superar el índice de incremento del salario mínimo vital y móvil o el índice de movilidad de las prestaciones previsionales, el que sea superior.
Asimismo, los pequeños contribuyentes –a partir de 2010- deberán respetar un nuevo parámetro, que les determinará el peso de la carga fiscal mensual a ingresar. De acuerdo al proyecto que será enviado al Congreso, se incorpora como elemento a tener en cuenta el monto de los alquileres devengados a lo largo del año.
Hasta el momento, sólo se tienen en cuenta los ingresos brutos anuales, la superficie afectada a la actividad y la energía eléctrica consumida en un año. Al superar uno de estos parámetros, el monotributista avanza hacia una categoría superior, con el consiguiente incremento del pago mensual.
En relación a la vigencia de la reforma, el texto establece que el renovado régimen será implementado a partir del primer cuatrimestre calendario completo siguiente a la fecha de publicación de la ley en el Boletín Oficial. Por lo tanto, la idea del Ejecutivo apunta a poner en marcha el nuevo Monotributo a partir del 1 de enero próximo.
Particularidades
De manera adicional, la iniciativa establece un requisito extra para las categorías más elevadas. Con la mira puesta en promover el empleo registrado, las empresas y particulares cuyos ingresos brutos anuales estén entre $200.000 y $300.000 podrán permanecer en el régimen, siempre y cuando, cumplan con una cantidad mínima de personal en relación de dependencia:Hasta $235.000: 1 empleado.
Hasta $270.000: 2 empleados.
Hasta $300.000: 3 empleados.
Ante la reducción de personal, la exclusión no será procedente si el pequeño contribuyente recupera la plantilla dentro del mes calendario posterior al de haberse registrado la baja.
Por otra parte, el nuevo ordenamiento mantiene la condición que establece que no podrán ser monotributistas los contribuyentes que realicen más de tres actividades, o que tengan más de tres unidades de explotación. Asimismo, el proyecto prevé elevar a $2.500 el precio máximo unitario de venta de bienes muebles permitido.
Otra novedad refiere al nuevo régimen de exclusión automática para monotributistas. La herramienta permitirá que la AFIP –cuando constate la infracción- inscriba de oficio a los sujetos en el régimen general impositivo y previsional. Esto significa una importante suba en la carga fiscal, al tener que afrontar el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ganancias.
Una duda que preocupa a los pequeños contribuyentes refiere a qué sucederá con los responsables que abandonaron el régimen simplificado y que, de acuerdo a los nuevos valores, puedan regresar al Monotributo. Julián O. Esposito, consultor tributario, explicó la solución que prevé la iniciativa: "Se permitiría el reingreso de los responsables, en tanto reúnan los nuevos requisitos y condiciones previstas por la reforma, pudiendo ejercerse dicha opción hasta la finalización del primer cuatrimestre calendario completo posterior a la fecha de publicación de la ley".
"Por lo tanto, estimando dicha publicación durante el tercer cuatrimestre del presente año, el período de transición tendría lugar en los primeros cuatro meses de 2010", concluyó Esposito.
Por último la iniciativa contempla la creación de un nuevo régimen de inclusión social y promoción del trabajo independiente.
Para acceder al régimen de inclusión, el responsable deberá cumplir con las siguientes condiciones:
Ser persona física mayor de 18 años.
Desarrollar exclusivamente una actividad independiente y no poseer local o establecimiento estable.
Que la actividad sea la única fuente de ingresos.
No revestir el carácter de empleador.
No ser contribuyente del Impuesto sobre los Bienes Personales.
No superar los $24.000 en concepto de ingresos brutos anuales.
De esta manera, el fisco nacional deja sin efecto al llamado Monotributo eventual.
28/8/09
Confirmado: la AFIP prorroga retenciones a monotributistas
Tal como adelantó iProfesional.com, el fisco congeló -una vez más- el régimen de pagos a cuenta hasta la aprobación de la reforma del Monotributo
Confirmado: la AFIP prorroga retenciones a monotributistas
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) retrasa –una vez más- el régimen de retenciones y percepciones que recae sobre los monotributistas. El sistema de pagos a cuenta en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y en Ganancias que originalmente estaba previsto para abril pasado, será congelado hasta la aprobación de la reforma integral del régimen simplificado.
El proyecto de modificación del Monotributo –adelantado oportunamente por iProfesional.com- será oficializado en los próximos días luego de recibir los retoques finales por parte del Ministerio de Economía a cargo de Amado Boudou.
Por lo tanto, el Organismo recaudador -tal como anticipó este medio- no implementará la nueva herramienta de recaudación hasta que se registre la suba del tope de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades.
El regimen por dentro
El mecanismo prorrogado establece que los pequeños contribuyentes soportarán pagos a cuenta del 35% en Ganancias. De igual manera, deberán afrontar un anticipo del 21% en el IVA.
Puntualmente, el nuevo régimen golpeará a los monotributistas, siempre que superen el límite de facturación anual permitido respecto a las operaciones celebradas con un único cliente.
La retención en Ganancias se calculará sobre el importe de la operación y se practicará sobre el importe que se pague -en forma parcial o total- sin deducción de suma alguna, aplicando la alícuota del 35% por ciento. En el IVA, la retención se calculará aplicando la alícuota del 21 por ciento.
Los pagos a cuenta practicados, tendrán para los monotributistas que se inscriban en los respectivos gravámenes del régimen general:
* En Ganancias: el carácter de pago a cuenta.
* En el IVA: el carácter de impuesto ingresado, y en tal concepto será computado en la declaración jurada del período fiscal en el que se practicó la retención.
De esta manera, la AFIP responde a múltiples pedidos realizados por las entidades que agrupa a los profesionales en Ciencias Económicas.
Confirmado: la AFIP prorroga retenciones a monotributistas
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) retrasa –una vez más- el régimen de retenciones y percepciones que recae sobre los monotributistas. El sistema de pagos a cuenta en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y en Ganancias que originalmente estaba previsto para abril pasado, será congelado hasta la aprobación de la reforma integral del régimen simplificado.
El proyecto de modificación del Monotributo –adelantado oportunamente por iProfesional.com- será oficializado en los próximos días luego de recibir los retoques finales por parte del Ministerio de Economía a cargo de Amado Boudou.
Por lo tanto, el Organismo recaudador -tal como anticipó este medio- no implementará la nueva herramienta de recaudación hasta que se registre la suba del tope de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades.
El regimen por dentro
El mecanismo prorrogado establece que los pequeños contribuyentes soportarán pagos a cuenta del 35% en Ganancias. De igual manera, deberán afrontar un anticipo del 21% en el IVA.
Puntualmente, el nuevo régimen golpeará a los monotributistas, siempre que superen el límite de facturación anual permitido respecto a las operaciones celebradas con un único cliente.
La retención en Ganancias se calculará sobre el importe de la operación y se practicará sobre el importe que se pague -en forma parcial o total- sin deducción de suma alguna, aplicando la alícuota del 35% por ciento. En el IVA, la retención se calculará aplicando la alícuota del 21 por ciento.
Los pagos a cuenta practicados, tendrán para los monotributistas que se inscriban en los respectivos gravámenes del régimen general:
* En Ganancias: el carácter de pago a cuenta.
* En el IVA: el carácter de impuesto ingresado, y en tal concepto será computado en la declaración jurada del período fiscal en el que se practicó la retención.
De esta manera, la AFIP responde a múltiples pedidos realizados por las entidades que agrupa a los profesionales en Ciencias Económicas.
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