*29 de Julio 2011(inclusive): Asociaciones Civiles y Fundaciones.
*30 de Septiembre 2011 (inclusive): Sociedades Extranjeras.
*30 de Noviembre 2011 inclusive): Sociedades Comerciales. para envío, Via
(para envio,via Web del aplicativo, continuando vigente la solicitud on line de turnos para la presentacionen soporte de papel de la DDJJ respectiva)
(para envio,via Web del aplicativo, continuando vigente la solicitud on line de turnos para la presentacionen soporte de papel de la DDJJ respectiva)
Datos que se deben actualizar
Conforme la resolución 1/2010 se deben informar los siguientes datos:
- sede social efectiva expresando si la misma se encuentra inscripta y/o comunicada a la IGJ en el caso de las entidades civiles,
- autoridades vigentes.
- último estado contable presentado
- última tasa abonada. Se debe adjuntar la constancia de estado de deuda expedida por el sector correspondiente.
- Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.),
- en el caso de las sociedades comerciales, si se encuentra comprendida en algunos de los incisos previstos en el artículo 299 de la Ley 19.550.
La declaración jurada deberá estar firmada por el presidente o representante legal, certificada su firma notarialmente y deberá presentarse conjuntamente con el formulario k - Resolución General IGJ Nº 2/2009.
Recursos:
- Aplicativo "Declaración Jurada Resolución 1/2010".
- Turno Online.
- Declaración Jurada en formato papel.
Fuente Consejo Profesional de Ciencias Económicas de C.A.B.A