En tal sentido se amplía el universo de los sujetos
alcanzados estableciéndose que será obligatorio para los empleadores que
registren hasta 25 empleados y en el caso que incrementen sus nóminas hasta un
máximo de 50 trabajadores, inclusive. Asimismo la utilización del sistema será
optativa para los empleadores que registren entre 26 y 50 trabajadores, ambas
cantidades inclusive y para el caso que con posterioridad su nómina disminuya a
25 trabajadores o menos, el uso de este sistema será obligatorio. |
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