Desde hoy, viernes 2 de diciembre de 2011, el Ejecutivo y sin aviso previo, puso en marcha el recibo de sueldo por Internet. La nueva etapa potenciará el cruce de datos y la lucha contra el empleo en negro.
Las empresas pueden presentarse ante la Secretaría de Trabajo que corresponde por su domicilio. y solicitar autorización que les permitirá generar el comprobante a través de la Web.
Alberto Romero, consultor impositivo y previsional, adelantó que:
- “es el primer paso para potenciar aún más el cruce de datos entre la ANSES, la AFIP y el Ministerio de Trabajo respecto a la nómina de empleados de cada empresa”.
- “De esta manera, será más fácil detectar casos de evasión en cargas sociales, trabajo en negro y controlar el pago de las asignaciones familiares”.
- “uno de los próximos pasos a seguir es la implementación del certificado laboral online”.
- el recibo digital se implementará respetando “el ejercicio de los derechos de los trabajadores”.
- “Es por ellos que se establecen requisitos que aseguren la validez probatoria de los recibos emitidos de manera digital, la veracidad de sus enunciaciones, la intangibilidad de la remuneración allí descripta y el más eficaz contralor de su pago”.
- “el empleador que solicite autorización para implementar la emisión de recibos de sueldos digitales, deberá efectuar una presentación ante la Secretaría de Trabajo que contenga los siguientes requisitos mínimos:
- Fundamentación general de la petición.
- Universo de trabajadores alcanzado por la medida.
- Protocolos y estándares tecnológicos utilizados para garantizar la seguridad, autenticidad, autoría, integridad e inalterabilidad de los recibos emitidos bajo estas modalidades.
- Cumplimiento de la forma y contenido necesario que debe poseer cada uno de los recibos.
- Declaración jurada del representante legal del empleador en cuanto a que la empresa reconocerá la autenticidad de los recibos emitidos en los términos de este régimen.
- Mecanismo de sustitución del soporte papel.
- Procesos operativos de flujo electrónico que permitan considerar la trazabilidad de los casos sujetos a dicho régimen.
- Modo de asegurar el pleno acceso de los trabajadores a sus recibos emitidos, conforme la reglamentación, fuera del establecimiento y de forma personal y privada.
- Acciones de contingencia para la guarda y recuperación de los recibos, sin afectación alguna a su contenido.
- “Deberá garantizarse la recepción del documento al trabajador mediante su acceso a Intranet de la organización por canal seguro, por usuario y clave, con plazo adecuado de visualización”.
- “Asimismo, se deberán arbitrar los medios para posibilitar su eventual impresión de manera gratuita por parte del interesado”.
A la vez, que la Secretaría le podrá requerir a la empresa solicitante “el suministro de información adicional o sugerir las adecuaciones que estime pertinentes para considerar la viabilidad de la petición”.
Un requerimiento adicional es de que los recibos digitales deberán contener la siguiente mención:
“La empresa reconoce la autenticidad, autoría e integridad del presente documento”.
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