*Requisitos que deben reunir las entidades para solicitar el certificado de exención(ID10816001)
El certificado podrá solicitarse siempre que, a la fecha de presentación, las entidades reúnan los requisitos que seguidamente se detallan:
a) Estar inscriptas ante esta Administración Federal y
contar con C.U.I.T. activa.
b) Poseer el alta en el impuesto a las ganancias y -de
corresponder- en el impuesto al valor agregado.
c) Tener actualizada la información respecto a su forma
jurídica, el mes
de cierre del ejercicio fiscal y la o las actividad/es económica/s por las cuales se solicita el beneficio, de acuerdo con los códigos previstos en el "Codificador de Actividades" -Formulario N° 150- aprobado mediante la Resolución General N° 485.
de cierre del ejercicio fiscal y la o las actividad/es económica/s por las cuales se solicita el beneficio, de acuerdo con los códigos previstos en el "Codificador de Actividades" -Formulario N° 150- aprobado mediante la Resolución General N° 485.
d) Tener actualizado el domicilio fiscal declarado.
e) Haber cumplido -de corresponder- con la presentación de
las declaraciones juradas del impuesto al valor agregado y de los recursos de
la seguridad social de los últimos 12 períodos fiscales, o las que corresponda
presentar desde el inicio de la actividad, vencidas con anterioridad a la fecha
de interposición de la solicitud.
f) Haber cumplido -de corresponder- con la última
presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias y de la prevista
en la Resolución
General N° 4.120, vencidas a la fecha de la solicitud.
Fuente: Art. 3 RG 2681/09
*Procedimiento general para la obtención del
certificado de exención (ID 10818343)
A los fines de solicitar el certificado de exención, las
entidades deberán confeccionar el formulario de declaración jurada N° 953,
utilizando el programa aplicativo denominado "AFIP DGI - CERTIFICADO DE
EXENCION EN GANANCIAS - Versión 1.0". La presentación del citado
formulario se formalizará mediante transferencia electrónica de datos vía
"Internet", con "Clave Fiscal".
En caso de inoperatividad del sistema o en el supuesto que
el archivo que contiene la información a transferir tenga un tamaño superior a
2 Mb y por tal motivo el sujeto se encuentre imposibilitado de remitirlo
electrónicamente -debido a limitaciones en su conexión-, en sustitución del
procedimiento citado precedentemente, podrá presentar en la dependencia de este
Organismo en la que se encuentra inscripto, el formulario de declaración jurada
generado por el mencionado programa aplicativo acompañado del respectivo
soporte magnético.
Una vez efectuada la transmisión, el solicitante deberá
ingresar con "Clave Fiscal" al servicio "CERTIFICADO DE EXENCION
EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS", opción "REGIMEN GENERAL"
"Ingresar Solicitud", a fin de constatar el resultado de la misma y
obtener el número de presentación asignado.
Fuente: Art. 4, 5 y 6 RG 2681/09