12/5/11

CM 05 – COEFICIENTES UNIFICADOS AÑO 2011. EXCEL PARA SU CALCULO.

Si bien la presentación del CM 05 vence a fines de junio, la utilización del coeficiente unificado comienza a ser obligatoria a partir del 4º anticipo. Así lo establece en su Art. 5 la ley de Convenio Multilateral: “A partir del 4° anticipo se aplicará el coeficiente que surja del último balance cerrado en el año calendario inmediato anterior o se atenderá a los ingresos y gastos determinados en el año calendario inmediato anterior según corresponda, y conjuntamente con este anticipo se ajustarán las liquidaciones del primer trimestre”.
Les dejo a continuación un Excel para el cálculo de los coeficientes unificados a utilizar a partir del 4º anticipo del 2011, incluye la modificación sobre el tratamiento de las cargas sociales como gasto computable.
Recuerden que los contribuyentes obligados a brindar la información requerida por la R. (AGIP) Nº 117/10, es decir, los inscriptos en el Convenio Multilateral, con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Prefijo 901) y los incorporados al sistema de recaudación y control para los Grandes Contribuyentes de Convenio Multilateral (SICOM) cualquiera sea la jurisdicción sede, que consideren tener que disminuir el Coeficiente Unificado atribuible a la C.A.B.A. con relación al declarado en el período fiscal inmediato anterior; deberán hacerlo mediante la transmisión electrónica de datos utilizando el aplicativo que se encuentra disponible al efecto en la página Web de la AGIP (
www.agip.gob.ar).
En consecuencia se deroga el Art. 4º de la R. (DGR) Nº 1279/10 que previera que los contribuyentes y/o responsables que no posean la clave ciudad que les permita presentar la Nota a través del aplicativo, podrían obtener de la página Web el formulario a confeccionar e imprimirlo una vez completado en su totalidad, para su presentación -por duplicado- ante la Mesa de Entradas de esta Dirección General sita en Viamonte 900 de la Ciudad. La presentación de la información requerida mediante el formulario mencionado en el Art. 4º de la R. (DGR) Nº 1279/10 quedará sin efecto desde la entrada en vigencia de la presente resolución.

Pueden bajar el Excel desde: http://www.mediafire.com/?b53im959uc8i2rv


Fuente: Contadores en Red.

La Justicia puso freno a polémicas designaciones en el Tribunal Fiscal.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal dio lugar a una medida "precautelar" por considerar que no se cumplieron los requisitos mínimos...http://bit.ly/jRKjvq

 -A veces la justicia tarda en llegar pero al fin llega, ojalá que todo este freno judicial sirva para poner freno a todos estos funcionarios de turno, que lo unico que pretenden es ocupar buenos cargos en la funcion publica, desatendiendo los intereses publicos en pos de beneficios propios. La politica sana y sin ambiciones, sin patoterismos, es la politica que todos los ciudadanos de bien queremos por el bien de nuestro pais. QUE ASI SEA JUSTICIA-
Transcribo leo expresado por Fernando Sánchez .

Lavado de dinero: contadores reclaman que nuevos controles incluyan a los abogados

2/5/11

Una Muy buena noticia. Ya es un hecho Mostrador para Matriculados

 http://impuestos.iprofesional.com/notas/115347-La-AFIP-habilit-la-atencin-exclusiva-a-contadores-matriculados.

VENCIMIENTO DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

El viernes 18 de Abril de 2011 comienza el vencimiento para la presentación y/o pago de la Declaración Jurada de IVA del período MARZO de 2011.

Las declaraciones juradas deben ser confeccionadas utilizando el programa aplicativo y “IVA - Versión 5.2 Release 10” y presentadas mediante transferencia electrónica de datos, utilizando el servicio “Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos”, al que se puede acceder:

Con clave fiscal: desde el sitio web de la AFIP o
Con clave bancaria: ingresando a www.linkpagos.com.ar , www.pagomiscuentas.com , www.interbanking.com.ar  o mediante las páginas de los bancos habilitados.


Cronograma de vencimientos:

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
0-1 18/04/2011
2-3 19/04/2011
4-5 20/04/2011
6-7 25/04/2011
8-9 26/03/2011


Referencias normativas:Resoluciones Generales Nros.715, y 3009


Servicios implementados por la AFIP para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones


Consulte el vencimiento de las declaraciones juradas y pagos mensuales del IVA vía SMS

Podrá consultar la fecha de vencimiento de para la presentación y pago mensual del Impuesto al Valor Agregado utilizando un teléfono celular. Solo debe remitir el siguiente SMS para conocer el vencimiento del mes en curso:


VENCE IVA (enviado al 2347)


En respuesta a la solicitud se remitirá un SMS al usuario informándole la primera fecha de vencimiento del mes en curso. Si la fecha de la consulta es posterior al comienzo del vencimiento del presente mes, se le informará el vencimiento del mes siguiente.



Suscríbase para recibir mensualmente, en su celular, un mensaje de alerta recordándole el vencimiento establecido para la presentacion y pago mensual que debe efectuar.

Este servicio requiere el ingreso con “Clave Fiscal” para la solicitud. Para conocer los pasos para utilizar este servicio podrá consultar la GUIA PASO A PASO: ¿Cómo me suscribo para comenzar a recibir alertas e información directamente en mi celular? Recuerde que para recibir en su celular el recordatorio de vencimientos establecidos para la presentación de declaraciones juradas y pagos mensuales del Impuesto al Valor Agregado la temática a seleccionar es “Vencimientos” donde deberá tildar el ítem “IVA”.


Recuerde que puede consultar el vencimiento establecido para cada terminación de CUIT ingresando a la Agenda de Vencimientos
 
 
 Fuente: Afip

Por nuestro mostrador profesional en AFIP


Sujetos Obligados a informar a UIF cambió el criterio p/el Registro de los Contadores FACPCE http://bit.ly/mtkquF


28/4/11

Factura electrónica monotributo - ¿Cómo dar de alta el punto de venta?

Para emitir la facturas electrónicas los monotributistas no deben empadronarse, solo deben dar de alta el punto de venta para factura electrónica.
Tengan en cuenta que están recomendando dar de alta un punto de venta que no sea continuo a los que están usando en este momento.
La semana pasada publique el error que generaba al intentar dar de alta el punto de venta. Hoy este error ya esta solucionado y se pueden dar de alta sin problema.
¿Cómo dar de alta el punto de venta para factura electrónica? Pasos a seguir:
1º Entrar a la pagina de la AFIP con CUIT y clave fiscal.
2º Dar de alta el servicio “Regimenes de facturación y registración (REAR/RECE/RFI)”, e ingresar en el mismo.
3º Seleccionar A/B/M Puntos de Venta

4º Seleccionar Alta: Tienen 2 opciones:
- Factura electrónica. Monotributo. Web Services
- Factura en línea. Monotributo.

5º Una vez seleccionada la opción, presionan “confirmar” y pueden emitir la constancia de alta del punto de venta.

La AFIP realiza un nuevo megaoperativo contra las principales cerealeras